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La secuencia habitual de una compañía que decide realizar un softlanding y crear empresa en colombia siendo extranjero empieza por el abogado que constituye la Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.). Es un trámite rápido, barato y produce la sensación inmediata de que el proyecto ya arrancó.

Sin embargo, meses después, aparecen las consecuencias: el directivo que viajó a montar la operación no tiene el estatus migratorio para dirigirla, la empresa quedó por fuera de un régimen que le habría bajado la tarifa de renta quince puntos, y la nómina real resultó costar la mitad más de lo presupuestado.

Ninguna de esas tres cosas es un fallo de la normativa colombiana. Las tres son decisiones que se tomaron en el orden equivocado. Constituir la sociedad es la sexta decisión, y es la que casi todo el mundo toma primero. Las cinco fases anteriores determinan si esa constitución queda bien hecha o si, lamentablemente, hay que rehacerla pagando sobrecostos.

Si buscas estructurar un aterrizaje seguro en el mercado colombiano, revisa este orden estratégico, ya que cada paso condiciona al siguiente y ninguno se puede revertir sin costo.

1. Régimen Migratorio: Qué va a hacer cada persona

El régimen migratorio colombiano clasifica a los extranjeros por la actividad que van a desarrollar, no exclusivamente por el capital que traen. Esa distinción determina si un extranjero puede, legalmente, administrar la empresa que acaba de crear.

  • Visa M de Socio o Propietario: Exige un aporte desde 100 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV) y permite residir, percibir dividendos y administrar la sociedad de forma directa.
  • Visa M de Inversionista: Exige entre 350 y 650 SMLMV (según el tipo de inversión). Esta visa habilita la residencia derivada de la inversión, pero no autoriza trabajar ni recibir salario en Colombia.
  • Visa V de Negocios o Permiso de Turismo: Cubren únicamente la etapa de exploración y reuniones comerciales. Ninguna habilita para la operación diaria o firma de contratos laborales.

Esta decisión va primero porque define quién puede firmar documentos legales, quién puede estar en la nómina local y quién debe quedarse fuera de los órganos de administración. Quien va a dirigir necesita el estatus correspondiente, sin importar cuánto haya invertido.

2. Régimen Operativo: Bajo qué marco va a operar

Los regímenes preferenciales colombianos comparten una característica que los vuelve inaccesibles para el que llega tarde: casi todos exigen una calificación previa o una estructura definida desde el inicio.

  1. Régimen de Zonas Francas: Aplica una tarifa de renta del 20% frente al 35% general, diseñada para usuarios industriales sobre rentas de exportación de bienes y servicios (con calificación y plan de internacionalización previo según el art. 240-1 del Estatuto Tributario).
  2. Compañías Holding Colombianas (CHC): Exime del impuesto a la renta a los dividendos recibidos del exterior y a las ventas de participaciones que cumplan los requisitos de ley.
  3. Incentivos Tecnológicos (Medellín): El Acuerdo 093 de 2023 concede a las empresas nuevas de ciencia, tecnología e innovación (constituidas desde 2024) una exención escalonada del impuesto de industria y comercio, del 100% al 10% durante los primeros cinco años, según los códigos CIIU.

Migrar a estos regímenes luego de constituir la empresa y definir un domicilio fiscal exige pagar el costo de desarmar y rehacer toda la estructura jurídica.

3. Costos Laborales: Cuánto cuesta de verdad la nómina en 2026

El error financiero más frecuente al abrir una empresa en Colombia es tomar el salario pactado en el contrato como el costo total del empleado.

Tomando como base el salario mínimo legal vigente de 2026 (fijado transitoriamente en COP $1.750.905 por el Decreto 159) y el auxilio de transporte, el costo mensual de un trabajador en Colombia supera en aproximadamente un 55% al salario base.

Desglose del costo laboral en Colombia (2026)

Componente de NóminaValor mensual estimado (COP)Base Normativa
Salario (1 SMLMV)$1.750.905Decreto 159 de 2026, art. 1
Auxilio de transporte$249.095Decreto 1470 de 2025
Cesantías$166.667CST art. 249 (Base incluye auxilio)
Intereses a las cesantías$20.000Ley 52 de 1975 (12% anual)
Prima de servicios$166.667CST art. 306
Vacaciones$72.954CST art. 186 (No incluye auxilio)
Pensión (12% empleador)$210.109Ley 100 de 1993, art. 20
Riesgos laborales (ARL 0,522%)$9.140Decreto 1772 de 1994 (Clase Riesgo I)
Caja de compensación (4%)$70.036Ley 21 de 1982, arts. 7 y 9
Costo Total Mensual$2.715.572Aprox. 55,1% por encima del base
(Nota: Este ejemplo asume la exoneración del artículo 114-1 del Estatuto Tributario, que libera al empleador declarante de renta de los aportes a salud, ICBF y SENA por trabajadores que ganan menos de 10 SMLMV. Sin esta exoneración, el costo sería mayor).

El dato clave para el modelo financiero es que este sobrecosto del 55% es estable y proyectable. Lo que arruina el flujo de caja es descubrirlo después de haber firmado veinte contratos laborales.

4. Propiedad Intelectual: Qué registrar antes de anunciar

En Colombia, la propiedad intelectual se rige bajo la Decisión 486 de la Comunidad Andina (al igual que en Perú, Ecuador y Bolivia). El sistema marcario funciona por territorialidad y bajo el principio de “primero en el tiempo, primero en el derecho”.

  • Marcas: El trámite ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) suele tardar cerca de doce meses. Una compañía que lanza su marca en Colombia antes de presentar la solicitud compite por su propio nombre con quien lo radique primero.
  • Patentes: Cualquier divulgación pública previa puede destruir la novedad de la invención, aunque existe un período de gracia limitado.

Doce meses parecen suficientes, hasta que coinciden con el año en que la compañía matriz está ocupada montando la parte operativa y nadie tiene asignada la tarea legal de registrar los intangibles.

5. Estructura Fiscal: La cuenta tributaria frente a la DIAN

Tres impuestos estructuran la carga fiscal desde el primer día operativo de una empresa en Colombia (usando a Medellín como referencia):

  1. Impuesto a la Renta: 35% sobre la renta de fuente mundial de la sociedad.
  2. IVA: 19% sobre bienes y servicios gravados.
  3. Industria y Comercio (ICA): Impuesto municipal que va del 2 al 11 por mil sobre los ingresos brutos, según la actividad.

Además, desde la Ley 2277 de 2022, existe una regla de tributación mínima: la carga efectiva de renta no puede quedar por debajo del 15% de la utilidad contable ajustada. Si queda por debajo, se liquida un impuesto complementario.

Finalmente, es estratégico revisar la existencia de un Convenio para Evitar la Doble Imposición (CDI). Países como España, México, Chile, Canadá, Reino Unido y las naciones de la CAN cuentan con este beneficio. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) puede fiscalizar las declaraciones dentro de los tres años siguientes a su vencimiento, marcando el tiempo obligatorio para la conservación de los soportes.

6. La Constitución de la Sociedad (S.A.S.)

Cuando las cinco decisiones anteriores están resueltas, constituir la empresa es solo un trámite administrativo. El tipo societario, el domicilio comercial, la composición del capital y el objeto social dejan de ser preguntas abiertas porque ya fueron determinados estratégicamente por el estatus migratorio de los gerentes, el régimen operativo, el modelo de nómina y la arquitectura fiscal.

Cuando esas bases no están firmes, constituir es una apuesta arriesgada. Y en el mundo corporativo, las apuestas se resuelven rehaciendo estructuras, lo que siempre cuesta más dinero que hacerlas bien desde el principio.

El atractivo de Medellín para la Inversión Extranjera Directa

Es vital mirar el tamaño real del mercado colombiano sin adornos. La ACI Medellín reporta USD $4.086 millones de inversión gestionada en 404 proyectos desde 2008, alcanzando en 2025 su segundo valor histórico más alto con USD $392 millones. Estados Unidos encabeza el flujo de capital (113 proyectos), destacando sectores de infraestructura, logística (28,5%) y manufactura (26,9%).

Medellín es un mercado corporativo de tamaño medio. No compite por volumen con las megalópolis de la región, sino que compite por costo operativo, talento cualificado y un marco de reglas de juego previsibles.

Preguntas Frecuentes

¿Se puede crear una empresa en Colombia sin vivir allí?

Sí. Los extranjeros pueden constituir una sociedad (como una S.A.S.) otorgando un poder notarial desde el exterior. Sin embargo, para que el extranjero administre la empresa directamente o reciba salario en Colombia, requerirá tramitar la visa migratoria adecuada (ej. Visa M de Socio/Propietario).

¿Cuánto cuesta contratar a un trabajador en Colombia en 2026?

Además del salario base acordado, el empleador debe provisionar aproximadamente un 55% adicional correspondiente a carga prestacional y parafiscal (cesantías, prima de servicios, pensión, riesgos laborales y caja de compensación), más el auxilio legal de transporte para quienes ganen hasta 2 salarios mínimos.

¿Qué es una S.A.S. en Colombia?

La Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.) es el tipo societario más ágil y utilizado en Colombia. Permite la constitución con un solo accionista, limita la responsabilidad al monto aportado, no exige revisor fiscal (salvo topes de activos/ingresos) y permite una estructura de gobierno corporativo muy flexible.

¿Qué impuestos paga una empresa extranjera en Colombia?

Principalmente, el Impuesto sobre la Renta (35% a nivel nacional, con una tributación mínima del 15% de la utilidad contable), el IVA (19% sobre ventas gravadas) y el Impuesto de Industria y Comercio (ICA, de carácter municipal que varía según los ingresos y la ciudad de operación).

Softlanding estratégico para un aterrizaje seguro

Los proyectos de inversión que se complican en Colombia rara vez fracasan por un defecto de la norma local. Fracasan por haber tomado la decisión número seis (constituir la S.A.S.) antes que la número uno.

Saber cómo crear empresa en colombia siendo extranjero exige un abordaje multidisciplinario. Las multinacionales que entienden que el régimen migratorio de sus directivos, la optimización tributaria y el cálculo real de la nómina son pasos previos innegociables, logran un softlanding eficiente, protegiendo su capital y acelerando su retorno de inversión en uno de los mercados más atractivos de la región andina.